jueves, 14 de marzo de 2013

Nueva reglamentación para el uso de bicicleta


JAVIER  GARCÍA (Colaboración). 14-03-13

En los últimos 20 años el tráfico vehicular se ha intensificado significativamente y las ciudades españolas no son la excepción. Las normativas en materia de seguridad vial, han tenido que reestructurarse con la finalidad de garantizar la seguridad de las personas y mantener un orden.
Dentro de este contexto, las bicicletas y los ciclistas también son un punto muy importante. Es por ello que desde hace varios meses, se ha estado hablando sobre la reforma del Reglamento General de la Circulación. De esta forma se pretende fomentar los medios de transporte sostenibles.
¿De qué tratan las reformas? Los ciclistas tendrán un título exclusivo dedicado al uso de la bicicleta. Se detallan las diferentes obligaciones en el uso de la bicicleta, con el propósito de mejorar su visibilidad y su posición en las vías públicas, así como también la velocidad de circulación, el transporte de personas y carga y la regulación de las infracciones.
En el Reglamento actual, la posición de las bicicletas mantiene el principio de hacerlas circular, preferentemente por la parte más alejada del tráfico motorizado. Es posible que en el nuevo texto, el ciclista sea considerado como un peatón con ruedas y dependiendo de en qué ámbitos se circule, la calzada puede presentar serios riesgos.
Es factible que se abogue por la segregación de los diferentes tráficos: el peatonal, el motorizado y el tráfico ciclista.
En lo que concierne a la visibilidad de las bicicletas, hoy en día los ciclistas deben llevar luces encendidas y una prenda reflectante con visibilidad a 150 metros de distancia de noche o en condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad.
La velocidad de circulación de las bicicletas es también un tema delicado, ya que las bicicletas de momento no están dotadas de velocímetro. Actualmente, su velocidad máxima por ley es de 45 km/h.
En lo que sí que hay algo más de “luz” es en el transporte de personas y carga, un punto que quedaba pendiente a posteriori de la incorporación de los remolques para bicicletas. La ley, no permite transportar personas en estos remolques, pero en contrapartida, se admite que en ciudad se esté a lo dispuesto en las ordenanzas municipales. Un sinsentido que muy probablemente sea eliminado.

No hay comentarios: